Rematriculación nacional obligatoria de los profesionales de la salud
25/9/15Recordamos la vigencia de la Resolución Nº 404/2008 del Ministerio de Salud de la Nación.
La Resolución Nº 404/2008 del Ministerio de Salud de la Nación establece las condiciones de matriculación y rematriculación para todos los profesionales pasibles de incorporación en el Registro único de profesionales de la salud y la creación de la guía de profesionales inscriptos y matriculados en el Registro único.
Recordamos la vigencia y obligatoriedad de su cumplimiento.
• Instructivo para realizar la rematriculación: http://www.cofybcf.org.ar/db/archi/Res_404.pdf
• Para solicitar el turno correspondiente ingrese al siguiente link: http://rups.msal.gov.ar/turnos/
• Para ver la Resolución completa acceda al link: http://test.e-legis-ar.msal.gov.ar/leisref/public/showAct.php?id=8294&word
