Rematriculación
13/12/13Recordamos a los profesionales lo establecido en la Resolución Nº 404/2008 del Ministerio de Salud de la Nación.
Nos dirigimos a ustedes a los efectos de recordarles que, de acuerdo a lo previsto en la Resolución Nº 404 del año 2008 del Ministerio de Salud de la Nación, los Farmacéuticos y Bioquímicos, al igual que los demás profesionales de la salud, están obligados a rematricularse ante la autoridad sanitaria nacional.
El Ministerio de Salud de la Nación ofrece, a través de su página web, la gestión de los turnos para la matriculación de los profesionales y su inscripción en el Registro Único de Profesionales de la Salud.
Si bien el COFyBCF presentará un pedido de prórroga en beneficio de los colegiados, el plazo para la rematriculación, de acuerdo a lo anunciado oportunamente, vence a fin del año 2013.
Es importante tener en cuenta este plazo dado que, vencido el mismo, se dificultarán las tramitaciones en el Ministerio de Salud para quienes no hayan cumplimentado con este requisito.
Como es imprescindible para la rematriculación presentar la constancia de colegiación en el COFyBCF, nuestra institución realizará todos los esfuerzos necesarios para facilitar el trámite de colegiación en el menor tiempo posible.
Recordamos que la colegiación es obligatoria para quienes ejerzan en el territorio de la Capital Federal, salvo los casos previstos y expresamente indicados por la Ley 16.478. Nuestro Colegio otorgará, asimismo, los certificados de eximición en los casos que correspondan.
Para visualizar la resolución 404/2008 ingrese al siguiente link: www.cofybcf.org.ar/db/archi/Res_404.pdf
Atentamente,
Consejo General
COFyBCF
