Farmacéuticos: Importancia del Seguro de Mala Praxis
5/10/12Se recuerdan las responsabilidades de los farmacéuticos Directores Técnicos y Auxiliares de farmacias, como así también de los profesionales que se desempeñan en otras incumbencias, por las prácticas que se realicen en su ámbito laboral. Se recomienda ver
En el caso de farmacias, el profesional que ejerce como Director Técnico es responsable, desde el punto de vista sanitario, por todas las prácticas que se realicen, durante todo el tiempo en que permanezcan abiertas. Se debe tener en cuenta que esta responsabilidad que asume el Director Técnico no excluye la responsabilidad de los demás profesionales (auxiliares) y colaboradores, ni de las personas físicas o ideales propietarias de la farmacia (ley 17565, Art.18).
Para el caso particular de los profesionales que trabajan en relación de dependencia que hayan contratado el seguro de responsabilidad civil (mala praxis) a través de nuestra institución, cuyos pagos deba realizarlos el empleador conjuntamente con la cuota de colegiación, cuando así se lo hubiera acordado, recomendamos que se interioricen acerca de si se cumple con tal obligación ya que a partir del segundo mes impago se exponen a perder la cobertura que brinda el seguro. En caso de duda, deberán comunicarse con el Colegio a fin de impedir que se llegue a tal situación.
Se debe tener en cuenta también que, ante un incidente, el reclamo a nivel legal se da en forma de abanico, es decir hacia el profesional responsable pero también hacia la RAZÓN SOCIAL DE LA FARMACIA. Es por ello que también es conveniente contar con un seguro de "responsabilidad civil de farmacias por mala praxis", con las mismas condiciones de la cobertura antedicha.
Por cualquier consulta, los colegiados pueden contactarse a los teléfonos 4861-1289 / 3273 4862-1020 / 0436 int. 818 — int. 820 o por mail a farmaceuticos@cofybcf.org.ar , o a proem@cofybcf.org.ar.
