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Las farmacias podrán vender medicamentos de prescripción veterinaria

12/4/23

La iniciativa fue impulsada por nuestro Colegio junto con el Consejo Profesional de Médicos Veterinarios y el Min. de Salud de Nación

Las farmacias podrán vender medicamentos de prescripción veterinaria

Por decreto presidencial 185/2023 las farmacias estarán habilitadas a suministrar medicamentos de su vademécum ante recetas firmadas por médicas y médicos veterinarios para uso en animales de compañía.

Antes de que se diera a conocer la resolución, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, encabezó una reunión en la Residencia de Olivos de la que participaron autoridades de entidades veterinarias, en tanto que la única institución farmacéutica que asistió fue el Colegio Oficial de Farmacéuticos y Bioquímicos de Capital Federal (COFyBCF), representado por su vicepresidente, Claudio Ucchino.

“Esto es muy importante para los farmacéuticos de la Ciudad pero también a nivel nacional. Es una gestión realizada en conjunto con Veterinarios porque la ley de ejercicio de la profesión médica solamente abarcaba a los médicos y odontólogos en la prescripción de medicamentos y sólo se podían dispensar en la farmacia con firma y sello de médico y odontólogo”, resaltó Ucchino al finalizar el cónclave.

Se trata de una iniciativa impulsada por nuestro Colegio junto con el Consejo Profesional de Médicos Veterinarios y el Ministerio de Salud de la nación, que considera de interés sanitario la actividad que desarrollan las y los profesionales veterinarias y veterinarios al favorecer un enfoque integral con el fin de abordar la prevención y el manejo de las enfermedades que constituyen amenazas para la salud, ligadas a la interrelación entre los seres humanos, los animales y el ambiente.

“Esto se trata de un hecho histórico que sienta un precedente y viene a ordenar el área de la profesión veterinaria pero sobre todo a los farmacéuticos a nivel nacional, y recupera una incumbencia que es la dispensa de medicamentos de uso humano también para el ámbito veterinario”, resaltó Ucchino al tiempo que agregó que en su rol y el del Colegio se ha “trabajado no sólo para defender la salud pública humana si no también la de los animales de compañía”.

El Decreto sustituye el inciso c) del artículo 25 de la reglamentación de Ley 17.565, por el siguiente texto: “Vigilar que en la farmacia bajo su dirección sólo se acepten las recetas extendidas por las personas autorizadas por la Ley Nº 17.132 a efectuarlas, así como por todo médico veterinario matriculado y toda médica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente”.

La medida llegó luego de un arduo y dedicado trabajo en conjunto entre el Colegio de Farmacéuticos y Bioquímicos de Capital Federal y el Consejo Profesional de Médicos, al que se fueron sumando los Consejos de Veterinarios de todo el país y el SENASA. Ello quedó plasmado en la reunión en la Residencia Presidencial de Olivos que encabezó el Jefe de Estado, Alberto Fernández.

Accedé al decreto 185/2023 en el adjunto debajo.

 


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Decreto 185/2023