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MSN: notificación obligatoria de los casos de COVID-19

9/4/20

Lo declaró en la Resolución 680/2020 del Boletín Oficial.

MSN: notificación obligatoria de los casos de COVID-19

El Ministerio de Salud de la Nación (MSN) publicó las directrices para la notificación obligatoria de los casos de COVID-19.

En el marco de la descentralización en hospitales y laboratorios de referencia, dispone, por un lado, la incorporación de COVID-19 entre las enfermedades de notificación obligatoria de la Ley Nº 15.465 y, por otro, establecer todo lo referente a las estrategias de vigilancia, los mecanismos y la periodicidad de la notificación, comunicación y reporte de los casos, así como su evolución e investigación epidemiológica, en todas sus etapas, desde la sospecha de caso hasta el seguimiento de su evolución.

La obligación de notificar los casos de COVID-19, su evolución e investigación epidemiológica alcanza a los siguientes sujetos:

  1. Los médicos que asisten pacientes en establecimientos de salud de gestión pública o privada
  2. Los profesionales de los laboratorios de gestión pública o privada que estudien muestras de casos sospechosos, probables, confirmados y descartados
  3. Las respectivas autoridades de los laboratorios y establecimientos de salud de gestión pública o privada
  4. Las respectivas autoridades sanitarias provinciales y municipales.

Las notificaciones obligatorias por casos de COVID-19 deberán ser canalizadas a través de la plataforma informática del Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) a los efectos de que las mismas sean consideradas como realizadas de manera fehacientes.

Para ver el decreto click aquí.

Allí también se encuentra el anexo I: “Guía para la vigilancia epidemiológica de COVID-19” y anexo II: “Instructivo para la notificación de covid-19 en el SNVS”, que establecen que nuestro Colegio tiene dentro de sus fines colaborar con la autoridad sanitaria.