MSN: notificación obligatoria de los casos de COVID-19
9/4/20Lo declaró en la Resolución 680/2020 del Boletín Oficial.

El Ministerio de Salud de la Nación (MSN) publicó las directrices para la notificación obligatoria de los casos de COVID-19.
En el marco de la descentralización en hospitales y laboratorios de referencia, dispone, por un lado, la incorporación de COVID-19 entre las enfermedades de notificación obligatoria de la Ley Nº 15.465 y, por otro, establecer todo lo referente a las estrategias de vigilancia, los mecanismos y la periodicidad de la notificación, comunicación y reporte de los casos, así como su evolución e investigación epidemiológica, en todas sus etapas, desde la sospecha de caso hasta el seguimiento de su evolución.
La obligación de notificar los casos de COVID-19, su evolución e investigación epidemiológica alcanza a los siguientes sujetos:
- Los médicos que asisten pacientes en establecimientos de salud de gestión pública o privada
- Los profesionales de los laboratorios de gestión pública o privada que estudien muestras de casos sospechosos, probables, confirmados y descartados
- Las respectivas autoridades de los laboratorios y establecimientos de salud de gestión pública o privada
- Las respectivas autoridades sanitarias provinciales y municipales.
Las notificaciones obligatorias por casos de COVID-19 deberán ser canalizadas a través de la plataforma informática del Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) a los efectos de que las mismas sean consideradas como realizadas de manera fehacientes.
Para ver el decreto click aquí.
Allí también se encuentra el anexo I: “Guía para la vigilancia epidemiológica de COVID-19” y anexo II: “Instructivo para la notificación de covid-19 en el SNVS”, que establecen que nuestro Colegio tiene dentro de sus fines colaborar con la autoridad sanitaria.